Las modificaciones introducidas por la Ley Orgánica 3/2022, el Real Decreto 659/2023 y el Real Decreto 658/2024 configuran además de un nuevo escenario para los estudiantes de la Formación Profesional, nuevas oportunidades laborales para aquellas personas que deseen orientar su carrera profesional en el ámbito de la docencia dentro del sistema educativo.
Pero si te preguntas, si los cambios introducidos por la Nueva Ley de la Formación Profesional te van a afectar, en este artículo te resolvemos todas las dudas que se te puedan plantear.
Requisitos para ser Docente en los Grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional
Para ser docente en los grados A, B y C de la nueva Formación Profesional en España, se establecen varios requisitos según el Real Decreto 658/2024, que introduce seis vías diferentes de acceso:
Certificado de Habilitación Docente en Grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional (SSCE0110):
Las personas con un grado universitario, licenciatura o titulación equivalente junto con el Certificado de Habilitación para la Docencia en grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional (anteriormente denominado Docencia de la Formación Profesional para el Empleo) así como también los titulados en Formación Profesional de técnico o técnico superior junto con el mencionado certificado, pueden impartir formaciones de su especialidad formativa.
Ejemplo:
Carmela es graduada en Periodismo. Trabaja en una agencia de Marketing Digital y le gustaría impartir certificados de profesionalidad relacionados con su ámbito. Para ello, Carmela necesita obtener el Certificado de Habilitación Docente, lo que le permitirá enseñar estos certificados.
Figura del “Experto”:
Los profesionales con más de 4 años de experiencia en un campo específico junto con el Certificado de Habilitación Docente en Grados A, B y C.
Ejemplo:
Feliciano ha sido panadero durante más de 10 años y le proponen impartir un certificado de panadería y pastelería en un centro formativo privado. Aunque Feliciano no tiene una titulación docente, su amplia experiencia lo califica como “Experto”. Solo necesita el Certificado de Habilitación Docente para empezar a enseñar.
Experiencia Docente:
Las personas que acrediten al menos 600 horas de experiencia docente en los últimos 10 años en Formación Profesional para el Empleo o el Sistema Educativo.
Ejemplo:
Paco ha trabajado como formador en un centro de formación durante más de 6 años, acumulando más de 600 horas de experiencia docente en formación bonificada. Su jefe le sugiere impartir un certificado profesional adicional. Paco puede hacerlo siempre y cuando acredite su experiencia docente.
Titulados en Pedagogía, Psicopedagogía y Magisterio:
Quienes posean estas titulaciones universitarias oficiales pueden impartir grados A, B y C sin necesidad del Certificado de Habilitación Docente.
Ejemplo:
Ana es licenciada en Psicopedagogía. Con esta titulación, Ana está habilitada para impartir grados A, B y C sin necesidad de obtener el Certificado de Habilitación Docente. Esto se debe a que su formación pedagógica y didáctica ya está reconocida.
Certificado de Aptitud Pedagógica (CAP) y Máster de Profesorado (MAES):
Las personas con una titulación diferente a las mencionadas pero que tengan el CAP, el Máster Universitario en Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato (MAES) o cursos de formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica.
Ejemplo:
Julián es licenciado en Administración y Dirección de Empresas y ha completado el Máster de Profesorado. Lleva siete años impartiendo certificados de profesionalidad en un centro de formación privado. Con su Máster de Profesorado, Julián puede seguir enseñando certificados de profesionalidad según los nuevos requisitos.
Profesores de Formación Profesional:
Los docentes integrados en el Sistema Educativo pueden impartir grados A, B y C si las formaciones pertenecen a su especialidad formativa, sin necesidad del Certificado de Habilitación Docente.
Ejemplo:
Ángel es un profesor licenciado en Informática y tiene el Certificado de Aptitud Pedagógica (CAP). Actualmente, imparte un ciclo formativo de Grado Superior de Informática. Ángel puede seguir impartiendo certificados de profesionalidad de informática sin necesidad de obtener un nuevo Certificado de Habilitación Docente, ya que está integrado en el Sistema Educativo y cuenta con el CAP.
Estas vías y ejemplos demuestran la flexibilidad y accesibilidad del nuevo sistema de Formación Profesional, permitiendo a una amplia variedad de profesionales calificados acceder a la docencia en los nuevos grados A, B y C.
En resumen:
Los requisitos para ser docente en los grados A, B y C de la nueva Formación Profesional en España, se establecen según el Real Decreto 658/2024.
Los interesados pueden obtener el Certificado de Habilitación para la Docencia en Grados A, B y C del sistema de Formación Profesional (SSCE0110) si tienen un grado universitario, licenciatura o titulación equivalente, o una titulación de Formación Profesional de técnico o técnico superior. Aquellos con más de 4 años de experiencia en un campo específico también pueden enseñar, siempre que obtengan el mencionado certificado.
Están habilitados de forma directa para impartir Grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional
- Los titulados universitarios en Pedagogía, Psicología, Magisterio.
- Las personas con experiencia docente contrastada de al menos 600 horas en los últimos 10 años en Formación para el Empleo o el Sistema Educativo.
- Personas que posean el CAP o el MAES o cursos de formación equivalente.
Por último, los docentes ya integrados en el Sistema Educativo, también pueden impartir grados A, B y C si las formaciones pertenecen a su especialidad formativa, sin necesidad de obtener el Certificado de Habilitación Docente.